Por  Energía Estratégica    –  1 6 de septiembre de 2022

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Miércoles 19 de octubre, de 12 a 12.30 horas, es la cita que acaba de fijar Derivex para su primera gran subasta de energía. Las ofertas podrán ser por meses y años, y por bloques horarios.

“Los participantes podrán hacer una fijación de precios para los meses de octubre, noviembre y diciembre de este año; y para el 2023 y 2024”, precisa Juan Carlos Tellez, Gerente General de Derivex, en diálogo con Energía Estratégica.

Considerando las ventajas comparativas para los comercializadores que tienen los contratos que se ofrecerán en la subasta respecto a otros mecanismos, como los PPA privados o ir a buscar energía a la bolsa, para Tellez la convocatoria será buena.

“Ante la incertidumbre en la bolsa de energía, por cuestiones como lo que está ocurriendo con El Guavio -central hidroeléctrica más grande de Colombia que está operando al 20%: con 255 MW de los 1.260 MW de su capacidad instalada-, uno podría prever que los precio podrían subir, porque habría que producir con termoeléctricas que es más costoso”, observa el directivo.

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E indica: “Entonces fijar un precio de la energía en la subasta, a partir de contratos futuros de energía, permite eliminar la incertidumbre de cuál va a ser ese precio que se va a formar en la bolsa. Es decir, se puede fijar desde ahora el precio que se pagará a futuro, eliminando incertidumbres en la volatilidad de los precios, donde se presume que aumentarán”.

El directivo explica que los contratos que se celebren en Derivex no están indexados al IPP, son a precios fijos; es decir, no son ajustados por inflación, a diferencia de los contratos bilaterales.

“Este es otro de los beneficios que es muy impórtate con la situación y coyuntura actual internacional es la inflación, donde en Colombia tenemos un máximo histórico de los últimos 20 años y no se ve que en los próximos años se vaya a disminuir”, puntualiza Tellez.

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Además, cuenta que los mercados anónimos estandarizados como Derivex permite que, al ser un mercado totalmente anónimo, tanto en la comercialización como en la compensación y liquidación de los contratos, no se genera ningún tipo de discriminaciones de agentes por su riesgo crediticio”, resalta Tellez.

Asimismo, el Gerente de Derivex indica que otro de los beneficios es que “no hay riesgo de crédito”. “Ese riesgo es administrado a través de los controles de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte; entonces un generador va a poder vender su energía a un precio más justo de lo que lo hace en un contrato bilateral”, asegura.

Argumenta que en un contrato bilateral el generador tiene que medir el riesgo de su contraparte -que le compra la energía-. “No es lo mismo venderle a un comercializador que tiene unas condiciones crediticias triple A, que a uno que tiene serios problemas financieros”, indica.

Y explica: “Puede pasar que –el generador- no se la venda –al comercializador-o que lo haga pero a un precio más caro. Y en definitiva si un comercializador compra su energía más cara, el precio luego es trasladado al usuario final. Ese problema se elimina en un mercado como el de Derivex”.

Otro incentivo es que los precios que se formen en las convocatorias de subasta de cierre “van a ser trasladados directamente a la tarifa”, sostiene.

“Va a ser un ‘pass through’ directamente a la tarifa de los precios que obtenga en Derivex. Que eso no funciona directamente en los contratos bilaterales, porque allí se necesita que primero se forme un MC, que a veces genera que un comercializador pierda dinero”, diferencia el ejecutivo.

Otro efecto importante para los comercializadores es que la energía renovable que contraten por medio del mecanismo de Derivex se les contabilizará para alcanzar la meta obligatoria de consumo de un 10% de energías limpias a partir del 2023, exigencia fijada en el Artículo 296 del Plan Nacional de Desarrollo (PND).

Este será un aliciente para que un mayor volumen de comercializadores participe de estas convocatorias, más aún teniendo en cuenta que muchos de los proyectos adjudicados en la subasta de largo plazo de energías renovables están en suspenso a la espera del avance de consultas previas con las comunidades.

No obstante, Tellez advierte que “para tener validez estos contratos deberán celebrarse a un mínimo de 10 años, según indica la norma. Pero eso es algo que tenemos que hablar con el Ministerio –de Minas y Energía- porque en este momento Derivex es un mercado que tiene como máximo 6 años de contratación”.

Explica que por el formato y la naturaleza de mercados como el de Derivex, que son estandarizados, “no hace sentido tener un mercado porque esos contratos a 10 años son más ilíquidos y aumentan el riesgo”.

Por tanto, el ejecutivo adelanta que próximamente manifestarán esta inquietud a la cartera que comanda Irene Vélez para que se flexibilice esa exigencia.

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